¿Puedo vender un piso heredado hace menos de 2 años?



¿ PUEDO VENDER UN PISO HEREDADO HACE MENOS DE 2 AÑOS ?

   Para responer a esta recurrente pregunta de nuestros clientes, debemos tener en cuenta el Art. 28 de la Ley Hipotecaria:

" Las inscripciones de fincas o derechos reales adquiridos por herencia o legado, no surtirán efecto en cuanto a tercero hasta transcurridos dos años desde la fecha de la muerte del causante. Exceptuándose las inscripciones por título, de herencia testada o intestada, mejora o legado a favor de los herederos forzosos. ".


¿Significa este Artículo que no puedo vender hasta pasados 2 años desde el fallecimiento de la persona de la que  la heredé? 
 
Resgistro Propiedad de Málaga

     No exactamente, el Art. 28 diferencia entre herederos forzosos ( los abuelos, padres o hijos del fallecido) y los que no (por ejemplo los tios, sobrinos, hermanos, viudo del fallecido ) y también diferencia si el fallecido no tenía testamento.


     Los primeros, los forzosos, no están limitados por dicho artículo, quiere decir, que podrá inscribir su titularidad en el Registro de la Propiedad con plenos efectos frente a terceros, es decir, frente a todos, nadie peude ya negar su título.


    El otro grupo de herederos, los no forzosos, sí están limitados por ese periodo de 2 años, es decir, no están protegidos por la presunción del Registro Civil, y ello se debe a que nuestro derecho trata de proteger el que pudieran aparecer con posterioridad herederos forzosos que no se conocían en el momento del fallecimiento.


CONCLUSIÓN


Existe una limitación a la venta de bienens inmuebles, pero únicamente en estos casos
    -No existe testamento
    -El heredero o Legatario no es forzoso 
   -La limitación no sólo afecta a la venta, sino a cualquier negocio jurídico que necesite su inscripción en el Registro de la Propiedad ( como por ejemplo la constitución de una Hipoteca).


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   Pero, si Usted se encuentra en esta tesitura, pógase en contacto con el despacho, dado que podremos asesorarles y buscar la mejor opción a su caso concreto 



Sara González Domínguez
Abogada

633326768 

secretaira@gdzabogados.com    Calle Santa Lucía Núm 11-1-7, Málaga

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