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¿Puedo vender un piso heredado hace menos de 2 años?

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¿ PUEDO VENDER UN PISO HEREDADO HACE MENOS DE 2 AÑOS ?    Para responer a esta recurrente pregunta de nuestros clientes, debemos tener en cuenta el Art. 28 de la Ley Hipotecaria: " Las inscripciones de fincas o derechos reales adquiridos por herencia o legado, no surtirán efecto en cuanto a tercero hasta transcurridos dos años desde la fecha de la muerte del causante. Exceptuándose las inscripciones por título, de herencia testada o intestada, mejora o legado a favor de los herederos forzosos. ". ¿Significa este Artículo que no puedo vender hasta pasados 2 años desde el fallecimiento de la persona de la que  la heredé?     Resgistro Propiedad de Málaga      No exactamente, el Art. 28 diferencia entre herederos forzosos ( los abuelos, padres o hijos del fallecido) y los que no (por ejemplo los tios, sobrinos, hermanos, viudo del fallecido ) y también diferencia si el fallecido no tenía testamento.      Los primeros, los forzosos, no es